Defensores del pueblo

Saturday, November 12, 2005

La regulación de la educación

En 1990 se produjo en el Uruguay una interesante discusión pública acerca de la conveniencia de incorporar un representante de la educación privada en el órgano máximo de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP). Quince años después aún no se ha hecho nada al respecto, por lo cual no estará de más volver a analizar el tema.

A mi juicio las alternativas más razonables son dos:
· Si la ANEP mantuviera su función de órgano regulador de la educación primaria, secundaria y técnico-profesional, la educación privada debería estar representada en ella, ya que sus disposiciones le conciernen directamente.
· Si, en cambio, como manda la Constitución de la República (Artículo 68), el Estado limitara la supervisión que ejerce sobre las instituciones privadas de enseñanza a los aspectos de higiene, moralidad, seguridad y orden públicos, y respetara su autonomía técnica, la ANEP (como su propio nombre lo indica) debería limitarse a administrar el sistema público de educación y no habría ninguna razón para que la educación privada participara en esa Administración.

Consideramos que esta segunda alternativa es la más adecuada y la única constitucional. El Ministerio de Educación y Cultura debería asumir la función reguladora de la educación y dejar a la ANEP sólo la prestación de los servicios estatales que le corresponden en ese ámbito.

Una situación análoga se da en el ámbito de la salud. El Ministerio de Salud Pública (MSP) ha asignado a la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) la gestión de dichos servicios y se ha reservado la función reguladora de lo atinente a la salud. La imperfección de esta solución radica en que continúa existiendo una dependencia directa estrecha de ASSE con respecto al MSP, lo cual dificulta la oposición de intereses necesaria en las funciones de control. A pesar de esto, se trata de un precedente relevante.

Una división funcional análoga, sumamente conveniente, tuvo lugar durante el pasado período de gobierno en torno a entes del Estado donde se mezclaban funciones gubernamentales y empresariales. La creación de la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicaciones (URSEC) y de la Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua (URSEA), independientes de las respectivas empresas estatales prestadoras de esos servicios, puso fin a esa perniciosa mezcla.

Se dice corrientemente que el Estado debe defender la educación pública. Es una concepción equivocada, cuya raíz se encuentra en un estatismo anticuado. La función del Estado es cuidar que los ciudadanos reciban buenos servicios de educación (o de salud, de comunicaciones, etc.) por medio de instituciones públicas o privadas, no promover la educación pública en detrimento de la educación privada. Exactamente de la misma manera en que la función del Estado (a través de la URSEC) no es defender a la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) de las empresas privadas de telecomunicaciones que compiten con ella, sino velar para que los usuarios reciban un servicio moderno, eficiente y tan barato como sea posible, ya sea por medio de ANTEL o de sus competidoras.

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